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15 de Marzo 2016 - 9:55 hs
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15-1-2016|15:13|Procedimiento Nacionales
Ética Pública

Cómo deben actuar los funcionarios en caso de recibir regalos de cortesía

La Secretaría de Ética Pública, Transparencia y Lucha contra la Corrupción, a cargo de Laura Alonso, precisó los pasos a seguir en caso de que recibir obsequios de cortesía o costumbre diplomática, a partir de una consulta remitida por la Secretaría General de la Presidencia. El organismo informó, además, que se encuentra trabajando en un proyecto para reglamentar el procedimiento.

  • Mariano Armagno
Por: Infojus Noticias

A partir de una consulta remitida por el Secretario General de la Presidencia, Fernando de Andreis, la Oficina Anticorrupción informó hoy sobre el procedimiento al que deben ajustarse los funcionarios públicos en caso de recibir obsequios de cortesía o costumbre diplomática, según lo previsto en el artículo 18 de la Ley de Ética Pública.

El organismo explicó que dicho artículo establece que “los funcionarios públicos no podrán recibir regalos, obsequios o donaciones, sean de cosas, servicios o bienes, con motivo o en ocasión del desempeño de sus funciones”. La normativa precisa, asimismo, que en caso de que “los obsequios sean de cortesía o de costumbre diplomática la autoridad de aplicación reglamentará su registración y en qué casos y cómo deberán ser incorporados al patrimonio del Estado, para ser destinados a fines de salud, acción social y educación o al patrimonio histórico–cultural si correspondiere”.

En ese sentido, ante la ausencia de reglamentación específica, y hasta tanto no sea adopte una regulación, la secretaria de Ética Pública, Transparencia y Lucha contra la Corrupción, Laura Alonso, recomendó la implementación de un procedimiento que contempla la creación de actas, que deberán contener información específica sobre lo recibido.

En esos datos, debe figurar la fecha de recepción del regalo, la persona física o jurídica que realizó el obsequio, una breve descripción del mismo, la identificación del funcionario que lo recibió o firmó su recepción y la individualización del lugar u oficina donde quedará a custodia el presente hasta tanto se defina el destino a asignarle.

Si bien, en 2008 y 2009, la Oficina Anticorrupción elaboró dos proyectos de reglamentación, esa normativa nunca se aplicó. Por ese motivo, el organismo a cargo de Alonso –autoridad de aplicación de la Ley de Ética Pública– se encuentra trabajando un borrador para su aprobación.

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