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19-7-2015|12:00|Lesa Humanidad Nacionales
Luis Córdoba recibió privilegios por edad y por padecer enfermedades

Otorgan beneficios al juez acusado por la masacre de "Margarita Belén"

Se trata del ex magistrado federal Luis Córdoba. Está imputado por delitos de lesa humanidad cometidos durante la última dictadura cívico militar por encubrir la denominada Masacre de Margarita Belén en la provincia del Chaco. La justicia le dio el privilegio por su avanzada edad y por enfermedades.

  • Ema “Pelusa” Cabral, una de las víctimas, protagonista del documental “Margarita no es una flor"
Por: Infojus Noticias

La Cámara Federal de Casación Penal concedió, por su avanzada edad y por las graves enfermedades que padece, el beneficio de la prisión domiciliaria al ex juez federal Luis Ángel Córdoba. Está imputado por delitos de lesa humanidad cometidos durante la última dictadura cívico militar por encubrir la denominada Masacre de Margarita Belén en la provincia del Chaco. La Sala IV del máximo Tribunal en lo penal del país, por mayoría, rechazó un recurso presentado por la fiscalía contra la resolución de la Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia que, el 20 de mayo de 2014, resolvió "confirmar la resolución del Juzgado Federal de Primera Instancia de Resistencia, en cuanto le concede la detención domiciliaria a Luis Ángel Córdoba".

Los camaristas Juan Carlos Gemignani y Gustavo Hornos, con la disidencia de su colega Mariano Borinsky, afirmaron que "corresponde rechazar el recurso de casación interpuesto por el Ministerio Público Fiscal toda vez que, analizados los informes médicos obrantes, que dan cuenta de disminución de la agudeza visual de ambos ojos, con cataratas bilaterales, E.P.O.C. con manifestaciones clínicas y funcionales estadio 4-D (muy grave, sintomático, de alto riesgo)" que padece Córdoba. Borinsky, por su parte, manifestó que "se debía anular la resolución que había concedido la detención domiciliaria al encausado" en tanto consideró que había analizado "de manera somera el estudio acerca de los riesgos procesales –especialmente el de fuga- que comportaba, objetivamente, el arresto domiciliario del imputado, no pudiendo soslayarse que el nombrado se encontraba imputado por las comisiones de crímenes contra la humanidad cometidos en el marco de la última dictadura".

En mayo de 2013 la Cámara Federal de Resistencia confirmó el procesamiento del ex magistrado y del ex fiscal Roberto Mazzoni, a quienes se les imputó haber encubierto la Masacre de Margarita Belén. Los jueces José María Aguilar, Ana Victoria Order y Simón Getzel desestimaron las apelaciones de los defensores de los ex funcionarios judiciales y los imputaron de los delitos de incumplimiento de los deberes de funcionario público, incumplimiento de la obligación de promover la represión a un delito y encubrimiento. Córdoba era el juez federal de Resistencia cuando aceptó la versión oficial según la cual los fusilados de Margarita Belén, entre los cuales había detenidos a su disposición, habían muerto en un enfrentamiento cuando intentaban escapar de un celular que los trasladaba a la cárcel de Formosa. Córdoba no cuestionó que el supuesto traslado se hubiera realizado un domingo, ni que el motivo alegado hubiera sido llevar a un grupo de presos políticos a una cárcel que no estaba preparada para recibirlo.

La Masacre de Margarita Belén se perpetró durante la noche del 12 al 13 de diciembre de 1976 cuando fueron ejecutados 11 militantes y se produjo la desaparición forzada de otros 4, en un operativo conjunto del Ejército y la Policía del Chaco. El caso fue uno de los más de setecientos tomados en cuenta en el Juicio a las Juntas, en 1985, y por eso se condenó a los miembros de la Junta Militar integrada por Jorge Videla, Emilio Massera y Orlando Agosti. El 16 de mayo de 2011 el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de la ciudad de Resistencia, integrado por los jueces Gladis Mirtha Yunes, Eduardo Ariel Belforte y Ramón Luis González, condenó a prisión perpetua por once homicidios agravados por alevosía y por el número de participantes en concurso real con privación ilegítima de la libertad agravada, y por cuatro privaciones ilegítimas de la libertad, a Athos Renés, Ernesto Simoni, Aldo Martínez Segón, Jorge Carnero Sabol, Ricardo Reyes, Germán Riquelme, Horacio Losito y Luis Alberto Patetta.

Télam/JMM

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