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15 de Marzo 2016 - 9:54 hs
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5-1-2016|15:32|Cárceles MendozaProvinciales
Un sistema en crisis

Mendoza: un fallo de la Corte generó polémica por la situación de los presos

El máximo tribunal provincial hizo lugar a un habeas corpus colectivo y ordenó regularizar la situación procesal de los detenidos sin orden judicial, en 60 días. Pero la medida quedó frenada por un planteo presentado ante la Corte nacional, que deberá resolver la cuestión. Qué opinan desde la ONG que presentó la acción y el Procurador Penitenciario de la Nación, Francisco Mugnolo.

  • Universidad Nacional de Cuyo
Por: Infojus Noticias

En Mendoza, la provincia con la tasa de encarcelamiento más alta del país, un fallo de la Suprema Corte provincial sentó precedentes para avanzar sobre los derechos de las personas privadas de su libertad, a la vez que abrió un debate jurídico y político en esa provincia. En concreto, la Sala II de la Corte hizo lugar a una acción de habeas corpus correctivo y colectivo a favor de la totalidad de las personas alojadas en las dependencias del Servicio Penitenciario provincial y ordenó que se regularice la situación procesal de los detenidos sin orden judicial, en un plazo de sesenta días. La sentencia busca establecer criterios dentro del Poder Judicial y no se inmiscuye en los asuntos del Servicio Penitenciario.

“De los 4367 detenidos que hay en la provincia, 874 viven encerrados por decisión de un fiscal, sin control judicial, por plazos que exceden los legales. Esto, lógicamente, incide en la situación de hacinamiento de todos”, dijo a Infojus Noticias Gonzalo Evangelista, integrante de la organización Xumek, que presentó el habeas corpus. “En Mendoza, una persona no puede estar detenida por orden del fiscal más de diez días, sin que intervenga un Juez de Garantías, y sin embargo, el plazo promedio es de cuatro meses, en algunos casos llega al año”, explicó. Para la Corte, la situación de estas personas debía “regularizarse” en 60 días.

La sentencia fue firmada por los jueves Omar Palermo, Alejandro Pérez Hualde, Julio Gómez y Jorge Nanclares, el 23 de diciembre, y habilitaba la feria judicial para resolver la situación. Pero su vigencia duró sólo una semana, porque el Procurador Provincial, Rodolfo González, presentó ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación un recurso extraordinario federal y la sentencia quedó suspendida. Desde el Gobierno provincial, calificaron el fallo de la Corte  de Mendoza como “imprudente y peligroso”. En ese sentido, se mostraron preocupados por la posibilidad de que más de 800 detenidos recuperara su libertad.

“El fallo es razonable, puede que haya aspectos a revisar, pero abre caminos a una solución que tenemos que buscar entre todos. No es cuestión del Poder Ejecutivo solamente, sino del Judicial y Legislativo”, expresó a esta agencia el Procurador Penitenciario de la Nación, Francisco Mugnolo. “La mora en la Justicia es realmente preocupante. Hay personas que están detenidas y procesadas más tiempo de lo que debería durar la condena”, dijo, para ejemplificar. La Procuración Penitenciaria presentó un amicus curiae para respaldar el habeas corpus que, además, recibió el apoyo de múltiples organismos defensores de los derechos humanos.

La tasa más alta

Según datos oficiales, en Mendoza hay 4367 personas privadas de su libertad. El 8 por ciento cumple prisión domiciliaria. Del resto, un 85 por ciento está bajo jurisdicción provincial. Lo llamativo es que, de ese universo, casi la mitad permanecen en prisión sin estar condenados. La relación entre personas procesadas y condenadas se agravó en los últimos años, en Mendoza. Mientras que, en 2010, los procesados eran el 35 por ciento, hoy esa cifra alcanza el 48 por ciento.

“Uno de los principales problemas en las cárceles argentinas es la superpoblación. Y en Mendoza es mucho más grave que en el resto de las provincias”, dice Mugnolo. Mientras que la tasa nacional de encarcelamiento se mantiene en 152 (cada 100 mil habitantes), en la provincia cuyana la media llega a 232.

Los integrantes de Xumek señalan en el habeas corpus que existen varias causales de esa sobrepoblación carcelaria, entre ellas, “los procedimientos en flagrancia y las detenciones ordenadas por el Ministerio Público para que se ponga al detenido a disposición del juez de garantías, a efectos de que ordene la libertad o dicte la prisión preventiva”. Situación que se prolonga hasta 8 meses.

El voto del juez Omar Palermo –al que adhirieron sus colegas– señala que hay que reconocer “el derecho de toda persona privada de libertad durante un proceso penal, a que su situación sea inmediatamente conocida y analizada por un juez de garantías”. Luego, en su parte resolutiva, la sentencia establece que, ante la falta de previsión legal de un plazo para solicitar el control jurisdiccional por parte del juez de garantías, el fiscal debe requerir la intervención de los magistrados “de forma inmediata o, a más tardar, en un término que no debe exceder el de 24 horas”.

Lo que la Corte no hizo fue ordenar la liberación de los 874 detenidos sin control judicial, como se apuntó en los medios. “Este fallo no tiene que ver con cuestiones de políticas de seguridad, como se dijo. Sólo pedimos que se cumpla la ley. Un fiscal no puede ordenar detenciones”, señaló Gonzalo Evangelista. Por su parte, Mugnolo sostiene que, “los plazos que establece el fallo son posibles, aunque pueden revisarse”. “Debemos analizar sus objetivos jurídicos y no políticos”, agregó. “La propia justicia está haciendo una crítica a su funcionamiento. Y la sentencia propone lineamientos para revisar las moras. Ahora tenemos que sentarnos entre todos y buscar una solución, no negar el problema”, concluyó.

Ayer comenzó a correr el plazo de 10 días hábiles para que la ONG Xumek se exprese ante el recurso de queja presentado por el Procurador provincial. Una vez que Xumek opine, el expediente quedará en estado para resolver, y en plenario, la Corte tiene 10 días más para pronunciarse sobre la admisión o no del recurso. Si la Corte nacional lo admite el recurso se elevan todas las actuaciones a la Corte Nacional, sino el Procurador tiene la posibilidad de plantear un Recurso de Queja ante la Corte Nacional.

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