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25-10-2013|17:23|Lesa Humanidad SaltaProvinciales
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La causa por los crímenes en el Ingenio Ledesma durante la dictadura

Apelará la medida el fiscal al que Blaquier apartó de su cargo

“El agravio tiene que ser demostrado y nunca probaron que mi participación sea subjetiva”, se defendió Pablo Pelazzo ante Infojus Noticias. Ayer, la Cámara Federal de Salta declaró ayer la invalidez de su designación como fiscal ad hoc. Había sido un pedido de al defensa del empresario Carlos Blaquier, imputado en delitos de lesa humanidad.

  • La Cámara puso en duda la objetividad del fiscal porque ya fue querellante en causas de lesa. Sol Vazquez.
Por: Natalia Biazzini

La Cámara Federal de Salta declaró ayer la invalidez de la designación del fiscal ad hoc Pablo Pelazzo para intervenir en las causas en las que se investiga la represión ilegal en la ciudad jujeña de Libertador General San Martín. La causa tiene como imputados al dueño del ingenio Ledesma, Carlos Pedro Blaquier y a su ex administrador, Alberto Enrique Lemos. Ambos están acusados por crímenes de lesa humanidad. “El agravio tiene que ser demostrado y nunca probaron que mi participación sea subjetiva”, se defendió Pelazzo con Infojus Noticias y adelantó que apelará.

El tribunal salteño con las firmas de Jorge Luis Villada, Roberto Loutaf Ranea y Federico Santiago Díaz declaró la validez de todas las intervenciones del fiscal en la causa hasta el día del fallo. En agosto del año pasado, la misma cámara había rechazado la recusación contra Pelazzo. “Contrariamente, ahora le dan lugar y le suman otro argumento, que es la forma de designación de los fiscales ad hoc”, dijo Pelazzo. La Cámara puso en duda la objetividad del fiscal porque con anterioridad fue querellante en causas contra represores en la provincia. 

El juicio comenzó el 4 de septiembre. El Tribunal Oral Federal de Jujuy investiga los secuestros de 29 personas entre marzo y julio de 1976 en Jujuy. A Blaquier y a Lemos se los acusa de haber actuado como cómplices primarios. En este juicio también están imputados Antonio Vargas, ex oficial del Ejército e interventor del Servicio Penitenciario provincial, condenado por otros delitos a 25 años de prisión en el primer juicio de lesa humanidad realizado en la provincia. Además, están procesados Carlos Ortiz, Ricardo Ortiz, Mario Gutiérrez, Herminio Zárate y César Díaz, quienes formaron parte de los grupos de represión en el penal de Villa Gorriti, que fue un  centro clandestino de detención de la dictadura en Jujuy.

La resolución que designó a Pelazzo es del año 2012 y fue firmada por  el entonces procurador general Luis González Warcalde. Esa decisión obedeció a los reiterados pedidos del fiscal titular de la jurisdicción, Domingo Batule. Desde 2006, Batule insistía en la colaboración de la entonces Unidad de Asistencia para Causas por Violaciones a los DDHH durante el Terrorismo de Estado en el marco del “impulso de las causas en las que se investiguen o juzguen delitos que hacen a su cometido, radicadas ante los Juzgados Federales de la provincia de Jujuy”.

Al reclamo del fiscal Batule se sumó el de las organizaciones de derechos humanos de la región. Los pedidos y su respuesta con la designación de Pelazzo apuntaban a reforzar la actuación del Ministerio Público en materia de crímenes contra la humanidad en línea con los compromisos internacionales suscriptos por el Estado.

Ahora, los organismos rechazaron la decisión de apartamiento de Pelazzo: “Repudiamos la decisión de la Cámara de Salta que da lugar al pedido de nulidad realizado por Blaquier y Lemos. Si bien decimos que esta resolución no afecta todo lo realizado por Pelazzo, pero es nefasto para nosotros porque puede crear precedentes”, dijo a Infojus Noticias Inés Peña, presidenta de Madres de Plaza de Mayo de Jujuy.

Fuentes judiciales le confiaron a Infojus Noticias que Pelazzo siempre trabajó bajo la coordinación de la entonces Unidad de Control y Seguimiento, cuyo trabajo continúa hoy esta Procuraduría. En ese sentido, su desempeño como integrante del equipo a cargo del fiscal Batule está avalado por la Ley Orgánica del Ministerio Público.  

De esta manera, la resolución de la Cámara Federal salteña que será apelada ante la Cámara de Casación Penal de la Nación, no fue reproducida por el tribunal inferior, y quedó en evidencia como un nuevo caso de resistencia y obstaculización para el proceso de juzgamiento de las graves violaciones a los derechos humanos cometidas durante el terrorismo de Estado.

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